La Constitución Política del Estado del año 2009 reconoce el derecho a la salud en su Artículo 18, que establece que todas las personas tienen derecho a la Salud y que el Estado debe garantizar la inclusión y el acceso a la salud de todas las personas, sin exclusión ni discriminación alguna. También dispone la creación de un Sistema único de Salud de carácter universal, gratuito, equitativo, intracultural, intercultural, participativo, con calidad calidez, y control social. El Artículo 35 establece que el Estado en todos sus niveles debe proteger el derecho a la salud, promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, bienestar colectivo y el acceso gratuito a los servicios de Salud.
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Created | 2018-03-14 |
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