RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO'. - El personal de salud del Sistema Nacional de Salud, podrá solicitar licencia con goce de haberes, por la Pandemia COVID-19, en los siguientes casos: l. Por edad: Personal de salud femenino de sesenta (60) años de edad o más .y masculino de sesenta y cinco (65) años de edad o más, que trabajen 'en establecimientos de salud de 1er, 2do. y 3er. Nivel e Institutos dentro del Sistema Nacional de Salud; realizarán la respectiva solicitud de licencia ante el inmediato superior, misma que será valorada y autorizada o en su caso denegada de manera fundamentada en un plazo no mayor de. 24 horas, comunicando esta decisión a la Unidad de Recursos Humanos y/o instancias superiores correspondientes en un plazo máximo de 72 horas. 2. Por comorbilidad: Las comorbilidades descritas, al momento de mayor riesgo de complicación que se acogen a esta medida son: patología cardiovascular, diabetes, enfermedad pulmonar, oncológicos, .hipertensos, .renales, inmunológicas y otras enfermedades crónicas de base. Cormorbilidades que deben ser acreditadas por el solicitante, adjuntando informe médico otorgado por el médico del Ente Gestor de Salud al que pertenece: que será extendido de manera inmediata, conforme a historia clínica y valoración correspondiente, por el ente gestor al que se solicita.
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Created | 2020-04-25 |
Created by | Super Usuario |
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