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La Paz – Martes 9 de Noviembre de 2016 | Unidad de Comunicación


La Ley 475 de “Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia” instituida el 30 de diciembre de 2013 a objeto de establecer y regular la atención integral y protección financiera en salud, amplió su cobertura de atención de 700 a 1.200 las prestaciones de salud para mejorar la calidad del servicio. Además otorga servicios de hemodiálisis gratuitos a nivel nacional.


De acuerdo con el Director General de Seguros de Salud, Dr. Dante Ergueta, antes del 2006 los seguros públicos contaban solo con 700 prestaciones de salud y eran restringidas para grupos vulnerables (embarazadas y niños).
Con la Ley 475, se amplia la cobertura de forma universal para madres gestantes, mujeres en edad fértil, menores de 5 años, adultos mayores y personas con discapacidad, que no se encuentren cubiertos por el Seguro Social Obligatorio de Corto Plazo.
Esta normativa establece que las prestaciones a beneficiarias y beneficiarios deben brindarse con carácter obligatorio en todo el territorio nacional en los establecimientos de salud públicos y de la seguridad social, sin necesidad de establecerse convenios con los gobiernos autónomos municipales o indígena originario campesinas.
La atención integral de salud comprende entre las siguientes prestaciones: acciones de promoción, prevención, consulta ambulatoria integral, hospitalización, servicios complementarios de diagnóstico y tratamiento médico, odontológico y quirúrgico, provisión de medicamentos esenciales, insumos médicos, productos naturales tradicionales y otros.

 

PD/ UNICOM MINSALUD

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